El Registrador de la Propiedad es un abogado con experiencia, nombrado por el Gobernador de Puerto Rico por un término de 12 años y confirmado por el Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a cargo de una sección del Registro de la Propiedad, compuesta además de Supervisores, Certificadores, Técnicos, Oficinistas y Auxiliares Administrativos. El Registrador es quien pasa juicio sobre la legalidad del negocio jurídico que contiene el documento que se presenta. Este proceso se conoce como calificación y se hace tomando en cuenta el propio documento, el historial de la finca que surge de las constancias de los libros y el derecho aplicable, determinando así si procede o no la inscripción.